Testamento abierto y cerrado

Diferencia y semejanza entre testamento cerrado y testamento abierto

Es indispensable, tanto para el testamento cerrado como para el testamento abierto se cumplan, que se cumplan las formalidades establecidas en el código civil debido a que la inobservancia de las formalidades produce nulidad del testamento, según lo establecido en el artículo 1083.

Entre estas dos clases de testamento se pueden establecer las siguientes semejanzas:

- Deben otorgarse ante notario y testigos.

- Ambos son solemnes y deben constar por escrito.

Por otro lado sus diferencias son:

- El número de testigos en el testamento abierto debe ser de tres, en el cerrado es de cinco testigos.

- Así como el testamento abierto se da a conocer a viva voz, es decir, las disposiciones testamentarias son dadas a conocer por el testador ante el notario y los testigos, mientras que el testamento cerrado es secreto.

Es indispensable, tanto para el testamento cerrado como para el testamento abierto se cumplan, que se cumplan las formalidades establecidas en el código civil debido a que la inobservancia de las formalidades produce nulidad del testamento, según lo establecido en el artículo 1083, el cual dice lo siguiente:


“El testamento solemne, abierto o cerrado, en que se omitiere cualquiera de las formalidades a que debe respectivamente sujetarse, según los artículos precedentes, no tendrá valor alguno. Con todo, cuándo se omitiere una o más de las designaciones prescritas en el artículo 1073, en el inciso 4o. del 1080 y en el inciso 2o. del 1081, no será por eso nulo el testamento, siempre que no haya duda acerca de la identidad personal del testador, notario o testigo.”

Por tanto, cuando deseemos hacer testamento siendo conocidas nuestras disposiciones testamentarias debemos otorgar testamento abierto y, por el contrario, cuando queramos secreto en cuanto a lo que dispusimos en nuestro testamento, debemos otorgar testamento cerrado.



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