Que hacer cuando se pierde la conciencia y no se puede decidir por uno mismo
AUTOTUTELA
En el documento de Autotutela se establece un protocolo a seguir en el caso de que el certificante carezca de conciencia o capacidades propias que le permitan una correcta toma de decisiones, y se vea en una situación terminal de salud:
- Quiere vivir o no con soporte vital
- Desea sedación para evitar el sufrimiento
- No desea la prolongación de su vida artificialmente o con tratamientos agresivos.
Es un documento público notarial que faculta a cualquier persona mayor de edad y con capacidad de obrar, a designarse a sí misma, un tutor en el caso que en el futuro tenga una incapacidad judicial para que vele por sus intereses.
El Código Civil establece que podrán ser nombrados tutores todas las personas que se encuentren en plenas facultades y no incurran en las siguientes causas:
- Las personas que estén privadas del ejercicio de la patria potestad judicialmente.
- Las personas que fueron ya removidas anteriormente en una tutela.
- Los condenados a una pena privativa de libertad durante el tiempo de cumplimiento de la condena.
- Las personas condenadas por un delito que suponga que no desempeñara correctamente la tutela.
- Las personas que hayan tenido una enemistad manifiesta con el incapaz.
- Las personas que tuvieran un conflicto de intereses con el incapaz…
Es imprescindible que el documento de autotutela se formalice ante Notario en documento público y comunicado al Registro Civil donde esté inscrito el nacimiento de la persona que lo ha otorgado, para que el documento tenga validez y plena eficacia. Se puede modificar en cualquier momento presentado un nuevo documento ante Notario.
En dicho documento, puede tan solo responder a la designación del tutor o tutores, enumerándolos de manera que si llegado el momento el nombrado en primer lugar ha fallecido o renunciado a ejercer el cargo, pueda ser substituido por el siguiente de la lista.
También se podrá añadir al documento donde queremos ser asistidos o residir, e incluso como se debe administrar nuestros bienes.
Igual que se nombra a quien queremos que sea nuestro tutor, podemos realizar la misma designación negativamente, quien no queremos que sea nuestro tutor bajo ningún concepto.
En la mayoría de los casos, los honorarios del asesoramiento realizado, NO SUPONEN NINGÚN COSTE dado que quedan neutralizados con el ahorro fiscal obtenido fruto de dicha planificación.
Con la autotutela y el testamento vital podemos dar instrucciones hoy de lo que queremos para el futuro.